sábado, 20 de abril de 2013

Si quieres la paz, trabaja por la justicia



Ante la evidente intención de estimular acciones contrarias al desenlace jurídico del juicio de Genocidio y Delitos contra los deberes de humanidad, que actualmente se dirime, las y los abajo firmantes expresamos:

1. No es aceptable afirmar que un proceso judicial que busca que se conozca la verdad y se haga justicia causará la violencia política. Hacer esta afirmación –sobre todo desde un poder del Estado- es una violación a la independencia judicial, que pretende interferir en otro poder del Estado.

2. El juicio contra los supuestos responsables de delitos de genocidio y contra los deberes de humanidad, más que pretender personalizar responsabilidades individuales, debería buscar poner en evidencia que durante ese conflicto los autores intelectuales de esos delitos tuvieron responsabilidad institucional. Pretender ocultarlo es equivalente a generar las condiciones que favorezcan su repetición.

3. Es cínico afirmar que la acusación de genocidio es una fabricación jurídica. Las víctimas sobrevivientes y testigos han hablado delante de un tribunal independiente en el juicio por genocidio en el país, y se han constituido como querellantes adhesivos. Pretender que el anhelo de las víctimas y deudos de dignificar a sus seres queridos no pase por la justicia es una interpretación malintencionada y antojadiza de quienes desean negar la realidad del genocidio.

4. La Ley de Reconciliación Nacional (Decreto 145-1996) aprobada el 27 de diciembre de 1996, establece en su artículo 8 que: “La extinción de la responsabilidad penal a que se refiere esta ley, no será aplicable a los delitos de genocidio, tortura y desaparición forzada, así como aquellos delitos que sean imprescriptibles o que no admitan la extinción de responsabilidad penal, de conformidad con el derecho interno o los tratados internacionales ratificados por Guatemala.” Este artículo fue aprobado en función del principio de coherencia ya que Guatemala en 1950 ratificó la Convención contra el Genocidio y con el mismo se dejó abierta la puerta para la realización de investigaciones y procesos judiciales en este marco.

5. Hablar de conciliación significa aceptar las condiciones que permitan superar la existencia de una pobreza estructural, es decir, de la existencia de millones de guatemaltecos y guatemaltecas que a diario protagonizan situaciones de degradación humana; que no poseen nivel ciudadano ante la ley; que sobreviven precariamente con lo que el sistema descarta, producto de un proceso de apropiación histórica, selectiva y violenta de la riqueza nacional, responsable único de la polarización social.

6. Lo que ahora está de por medio es un proceso penal, cuyos fines son, según la ley: determinar la existencia de los hechos y establecer quiénes los cometieron. A estas tareas está abocado, por mandato constitucional, el sistema de administración de justicia. Este juicio se ha desarrollado apegado a la ley, defendiendo la independencia y dignidad judicial y respetando todas las garantías judiciales y eso debe ser reconocido.

Los derechos a la verdad y a la justicia no traicionan la paz. Los que dividen el país son quienes los niegan.

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