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Miguel Ángel Albizures
http://www.elperiodico.com.gt/es/20130528/opinion/228883/
La jauría que se opuso rotundamente al juicio de Ríos Montt y que puso el grito en el cielo por la condena por genocidio, y ha querido deslegitimar y denigrar a las dos magistradas y al magistrado del Tribunal, es la misma que aplaudió a los tres magistrados de la Corte de Constitucionalidad por la anulación de lo actuado hasta el 19 de abril en el juicio, y es la misma que aplaude la extradición a Portillo.
Ellos no hablan de la forma grotesca en que fue sacado del país por agentes extranjeros que agredieron a periodistas, del atentado que ello representa para la libre expresión y el derecho a informar y ser informados, y mucho menos de los vicios en el proceso que, según un comentario de Edgar Gutiérrez, “El delito de blanqueo no figura en el acuerdo bilateral de extradición de 1941, y para los efectos tampoco en la Convención de la ONU contra la corrupción (2006), pues EE. UU. lo firmó bajo reserva de hacer valer sus propios tratados de extradición”.
En ambos casos, el ejercicio de la profesión ha sido amenazado, por un lado con la solicitud de que se considere delito la negación del genocidio, y por el otro impedir a golpes que los periodistas cubrieran como debe ser, la extradición del expresidente Portillo, pues tres de ellos sufrieron los golpes de los agentes gringos, lo cual ameritó la hospitalización de Juan Castillo, de Radio Sonora. En este mes también se dio el ataque a balazos contra Julio César del Valle, miembro activo de la Asociación de Periodistas de Guatemala, hecho que no ha sido aclarado, y el periodista Carlos Alberto Salgado Vega, fundador y director del semanario El Defensor, de Retalhuleu, sigue siendo amenazado de muerte por la vía telefónica y todo por haber denunciado que las autoridades se niegan a investigar los bares donde se da la trata de niños.
Ante el intento de una ley mordaza, la Relatoría de Naciones Unidas para la Libertad de Opinión y Expresión fue clara al señalar “que la Libertad de Opinión, no tiene limitación alguna”; sin embargo, la Libertad de Expresión sí puede tener limitaciones derivadas de la “protección de los Derechos Humanos de otros”. Y que estas limitaciones deben ser entendidas como la excepción, y no la norma, y deben estar fundamentadas en el mismo Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establece el Derecho a la Libertad de Expresión”. Los atentados al libre ejercicio de la profesión, debe llevar una vez más al gremio a cerrar filas y exigir se respete el derecho a la libre emisión del pensamiento, la libertad de prensa y opinión.
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