sábado, 26 de octubre de 2013

Amnistía=olvido


Carolina Escobar Sarti
Mientras el horror sobrevolaba América Latina en forma de Operación Cóndor o de Estrategia de Tierra Arrasada durante los años 70 y 80 del siglo XX, los gobiernos militares de entonces dictaban leyes de amnistía que, según ellos, les asegurarían a los responsables de genocidio y crímenes de lesa humanidad, no pasar por el rasero de la justicia más tarde. Querían cerciorarse de no terminar como los nazis juzgados por este tipo de delitos y condenados a muerte o cadena perpetua al final de la Segunda Guerra Mundial.


Creyeron que esto los haría intocables, pero nunca midieron que esta acción “preventiva” reñía con las constituciones de nuestros países y con las leyes internacionales, que tienen prevalencia sobre la normativa interna. La intención quedaba clara, porque la misma palabra amnistía deriva del griego amnestía, muy similar a amnesia, que alude a la privación del recuerdo y a la pérdida de la memoria. Querían que poco a poco, los crímenes cometidos fueran olvidados y que la historia no los condenara. Bien sabían que los suyos eran crímenes de lesa humanidad porque si no, ¿para qué se habrían concebido paralelamente esas leyes? Habían lanzado al mar sus supuestas tablas de salvación.
Pero en países como Chile y Argentina, ninguna ley de amnistía pudo con la justicia. Gracias a ello, criminales como Pinochet o Videla fueron condenados en su momento. No hay que olvidar que, a la luz del Derecho Internacional, la amnistía es considerada una monstruosidad, y si en nuestro país se llegara a acudir a ella para desestimar violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, se estarían contradiciendo y violando una serie de pactos y declaraciones internacionales de Derechos Humanos ratificadas por el Estado guatemalteco.
Pero lo más importante a considerar sería, en todo caso, la parte humana y ética del asunto. Las leyes de amnistía que se autorrecetaron los perpetradores de tales delitos, no sólo dejan indefensas a las víctimas y sus familias, sino que perpetúan la impunidad. Más allá de contradecir la letra y el espíritu de normas y tratados nacionales e internacionales, contradicen a la justicia y la dignidad humana. Como ya lo estableciera la CIDH (párrafo 44): “Como consecuencia de la manifiesta incompatibilidad entre las leyes de autoamnistía y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, las mencionadas leyes carecen de efectos jurídicos y no pueden seguir representando un obstáculo para la investigación de los hechos que constituyen este caso ni para la identificación y el castigo de los responsables…”.
Por ello, la resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC) que le ordena a la jueza Carol Patricia Flores que se hagan las consideraciones respecto a un supuesto conflicto de leyes en el tiempo y sobre si la amnistía aplica o no al caso de Ríos Montt es preocupante, como también lo es en manos de quién la ponen. De nuevo, el “amparismo” legal de los abogados ríosmontteses trata de burlarse de la justicia, lo cual constituye un abuso más de los usureros del derecho, que desnaturalizan recursos legales como el amparo y los contaminan.
Esto nos lleva a una CC que perdió hace ya tiempo el norte de su accionar y se ha auto otorgado la rectoría de la justicia en el país, contándole las costillas a la jurisdicción ordinaria y metiendo las manos donde no le compete. Léase, en el Organismo Judicial.
Como ciudadana, como mujer, como madre, como persona que piensa y tiene conciencia del país en el cual vive, no quiero una CC que atente contra la justicia y el Estado de Derecho. No quiero una justicia que se negocie en el mercado de la oferta y la demanda. No quiero olvido, ni amnistía. Quiero vivir en un país donde se respete la vida.
cescobarsarti@gmail.com
http://www.prensalibre.com/opinion/Amnistiaolvido

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