El trabajo decente es esencial para el bienestar de las
personas. Además de generar un ingreso, el trabajo facilita el progreso
social y económico, y fortalece a las personas, a sus familias y comunidades.
Pero todos estos avances dependen de que el trabajo sea trabajo decente, ya
que el trabajo decente sintetiza las aspiraciones de los individuos durante
su vida laboral. Fuente Pagina Web OIT.
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Sustentadas
en:
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1. La
Constitución de la República de Guatemala a partir de la igualdad de todos
los y las ciudadanas
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2. El
Código de Trabajo Decreto 330, Reformado por el decreto 1,441
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3. El
Acuerdo sobre Derechos Civiles, Políticos, Sociales y Económicos de los
Acuerdos de Paz.
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4. Según
lo establecido en la Política de Promoción y Desarrollo Integral de la
Mujer-y el Plan de Equidad de Oportunidades, 2008-2023, en el Eje 9 de
Equidad Laboral, contempla las acciones específicas para garantizar los
derechos laborales de las mujeres trabajadoras en su diversidad.
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5. La
Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra
la Mujer adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 22 de
mayo de 1995 –CEDAW-.
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6. Los
Objetivos del Milenio planteados y abordados por Naciones Unidas, donde
permite erradicar la pobreza, el desarrollo de la salud, la educación y las
mejoras económicas de las mujeres.
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7. Los
Convenios de OIT, 97, 111, 100, 156, 183, 87, 151 relacionados al tema de los
derechos laborales y humanos de las mujeres, sobre igualdad de oportunidades,
igualdad de remuneración, responsabilidades hacia los hijos respectos a otros
miembros de la familia, la protección a la maternidad, el derecho a la
libertad de organización y sobre las relaciones de acceso a la administración
pública.
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8. Los
Tratados y Convenios ratificados por Guatemala en Materia de Derechos Humanos
de las Mujeres y los tratados a favor de las Mujeres Indígenas en materia
laboral.
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9. El
Consenso de Quito, emitido durante la X Conferencia Regional de la Mujer de
América Latina y el Caribe en Ecuador del 6 al 9 de agosto del 2007.
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10.La
Plataforma de Acción Mundial, a favor de las Mujeres, PAM. Beijing 1995 en su
esfera 3.
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11.El
Pacto de Desarrollo Económico y Social en Materia de Derechos Humanos de las
Naciones Unidas. PIDESC.
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12.Y
todos los relacionados en materia de Derechos Humanos a favor de las mujeres,
que han sido ratificados por Guatemala, que evidencian, la necesidad de
propiciar espacios para el adelanto de las mujeres.
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DECLARAMOS:
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Mujeres,
líderes, dirigentes, activistas, defensoras de Derechos Humanos Laborales, de
organizaciones de trabajadoras y sindicatos, nos hemos congregado los días
16, 17 y 18 de mayo del año 2014 en el Departamento de Chimaltenango
Guatemala, para analizar, discutir, concretizar y acordar la situación que
vivimos las mujeres trabajadoras en lo social, económico y político en las
ramas laborales de los sectores: trabajadoras en la maquila, trabajadoras
en el Hogar/domésticas, trabajadoras en el campo y agro exportadoras,
trabajadoras a domicilio, vendedoras por catálogo y economía independiente,
trabajadoras sindicalistas, niñez y juventud trabajadora, y trabajadoras en
tortillerías.
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Dos
años después del 3r. Congreso del 2012, hemos revisado, el nivel de avance,
que se ha dado, en cuanto a la aplicación de las normas laborales nacionales
e internacionales; la creación de políticas laborales a favor del desarrollo
económico y social a favor de las mujeres trabajadoras...
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seguir...
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