Opinión:
Acceso a la información
No sería raro que en algún momento presenten reformas.
“1) Garantizar a toda persona interesada, sin discriminación alguna, el derecho a solicitar y a tener acceso a la información pública en posesión de las autoridades y sujetos obligados por la presente ley; 2) Garantizar a toda persona individual el derecho a conocer y proteger los datos personales de lo que de ella conste en archivos estatales, así como de las actualizaciones de los mismos; 3) Garantizar la transparencia de la administración pública y de los sujetos obligados y el derecho de toda persona a tener acceso libre a la información pública”.
No se puede garantizar este derecho, si la facultad exclusiva de definir el carácter de reserva de ciertas informaciones queda al sabor y antojo del Presidente, con lo cual estamos condenados a no conocer decisiones importantes, tomadas arbitrariamente durante los últimos 50 años y que se relacionan con el terrorismo de Estado que afectó a la población. Ya hemos visto lo que hizo la Comisión específica en relación con la “apertura” de archivos militares, que tiene 11 mil 641 documentos sin clasificación, 599 clasificados parcialmente y 103 documentos clasificados como confidenciales. Toda información “confidencial” puede permanecer un tiempo sin acceso al público, pero la pretensión, y ojalá nos equivoquemos, no puede ser que se vede eternamente ese derecho al pueblo.
Ya las vísperas nos anuncian otras cosas, cuando los jefes de bloque empiezan a impedir el acceso de los periodistas a las reuniones, después les negarán su presencia en el pleno, y no sería raro que en algún momento presenten iniciativas para reformar el Artículo 35 de la Constitución, referente a la Libre Emisión del Pensamiento, que señala con claridad que en entre otros aspectos de importancia dice que: “Es libre el acceso a las fuentes de información y ninguna autoridad podrá limitar ese derecho”.
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