viernes, 25 de octubre de 2013

La impunidad derrotada

La noticia corrió como culebrina en terremoto. En pocas horas, desde su madrugadora aparición, rebasó fronteras y atravesó continentes. Al estar como titular de primera plana de uno de los medios comerciales de mayor circulación en Guatemala, no era para menos

Así, el General sentenciado -en primera instancia-, por genocidio, aparecía casi automáticamente amnistiado por obra y gracia del espíritu chocarrero que se engendró en la Corte de Constitucionalidad (CC).
De esa cuenta, Prensa Libre, como lo había hecho una vez antes y como también lo hizo otro medio durante las audiencias del proceso por genocidio, lanzó el globo medio inflado sobre la posibilidad de amnistía a José Efraín Ríos Montt, condenado en primera instancia por genocidio. Medio inflado porque la CC no otorga abiertamente la amnistía sino que, pilatescamente, manda a la jueza de impunidad, Carol Patricia Flores, a entrar en la jugada.
La nota parece una exclusiva periodística pero resulta más que eso. ¿Cuál fue la motivación del medio? ¿Una mala interpretación del texto? ¿Es una maniobra de desinformación? ¿Es su deseo sublimado o la primera movida del juego perverso que se avecina? Sólo quienes procesaron desde el más alto nivel de la empresa mediática podrían responder. Como sólo esas personas le pueden responder a las víctimas, cómo es posible que tengan acceso privilegiado a un documento legal, antes incluso de que le sea notificado a las partes.
Difícilmente los personeros del medio estarían presentes en la reunión en la cual se resolvió la decisión de los magistrados. Difícilmente también, la empresa mediática controla dispositivos de espionaje en las reuniones de la CC. Cabe asumir entonces que funcionarios de la CC han entregado a alguien cercano a la defensa o al medio en cuestión y, de manera ilegal, los textos de la disposición.
Siendo así, la intención resulta obvia. Hacer que circule una información parcialmente cierta, con algunos sesgos para medir la aceptación de la idea. En las premisas del uso fascista de la propaganda, el padre de ésta, Paul Joseph Goebbels, menciona el principio de verosimilitud, el cual se refiere a la construcción de argumentos a partir de fuentes diversas, a través de los llamados globos sonda o de informaciones fragmentarias. Es, como popularmente se dice, lanzar un globo y ver cuánto se eleva.
Pero resulta que no se elevó. Si bien la nota corrió como reguero no se esfumó en el aire. Más bien, sirvió como aglutinante y movilizador. En  principio, en las redes sociales que juegan su rol de información y comunicación. De allí que, pese a que lo oculta parcialmente la microscópica cobertura mediática, hubo movilización inicial que representó la reacción de una de las entidades querellantes. El Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH), junto a organizaciones de Derechos Humanos señaló que se trata de “un intento de justificar una posible amnistía para José Efraín Ríos Montt, quien ya fue condenado por genocidio y delitos contra los deberes de humanidad que no son amnistiables”. Por la tarde noche, hubo concentración frente a las instalaciones de la CC para reiterar el argumento legal de la inadmisibilidad de la amnistía.
El camino está trazado. No son dos opiniones. Es una sola, aquella que está sostenida por la legalidad que obliga a juzgar el genocidio y que llevó a las cortes a emitir sentencia. A esa opinión basada en ley, pretende enfrentarse la maquinaria de la impunidad que logró primero la complicidad de la CC y de jueces como Carol Patricia Flores.
Pero, como bien lo dicen los versos de Ilka Oliva Corado: “Vengo andando de frente y no tengo coartada. Sí la verdad contada en testimonio de tribunal. Vengo a recoger la tapisca de aquel fruto sembrado, que ni todos tus soldados pudieron arrancar. Vengo desde el ahínco de mi identidad con la austeridad correspondida, a la decencia de la vida que se niega a traicionar. Vengo mujer, adolescente y niña, desde la campiña, a observar las aves de rapiña que entre ellas comiéndose están, entre los desperdicios de la Corte de Constitucionalidad”.

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