jueves, 25 de abril de 2013

Río revuelto...


25/04/13 - 00:00 OPINIÓN

Río revuelto...

En ninguna de las notificaciones emitidas por la Corte de Constitucionalidad (CC) consta que se ordena anular el juicio por genocidio contra Ríos Montt o Rodríguez. Así que lo que está haciendo la defensa de los dos inculpados es aprovecharse de la primera interpretación de la jueza Carol Patricia Flores para generar una confusión mayor sobre un juicio que iba por buen camino. Son las acostumbradas tácticas dilatorias que enredan, engañan, crean caos, generan incertidumbre y no dejan avanzar a la justicia.

Carolina Escobar Sarti.
CAROLINA ESCOBAR SARTI
En pocas palabras, la CC ordenó una cosa, la jueza Flores hizo otra, los abogados de los acusados se montaron en la farsa y, en medio de la confusión, la justicia —una vez más— quiere ser burlada. Bien lo dice el dicho: “en río revuelto, ganancia de pescadores”. Vamos en orden.
Lo primero es hacer notar que la Corte de Constitucionalidad ha resuelto una serie de recursos pendientes. Como se dijo, en ninguna de las resoluciones la CC ordena la anulación del debate. Lo que hace es ORDENAR nuevamente al Juzgado de Mayor riesgo A —Carol Patricia Flores— cumplir la resolución de fecha 3 de abril de la CC, en la que le ordena designar a los peritos y documentos negados a Ríos Montt para el debate. Cabe resaltar que dicha resolución es clara en ADVERTIR que el debate no puede retrotraerse a etapas ya precluidas. Por tanto, el tribunal de sentencia —Jazmín Barrios— le enviará el expediente para que ella cumpla con la resolución de fecha 3 de abril. La jueza Flores debe cumplir lo ordenado por la CC y nada más.
En cuanto al amparo provisional otorgado por la Sala Tercera donde esta suspende el debate —previo su negación dos veces y otorgándolo curiosamente en menos de 24 horas—, la CC ordena a la Sala Tercera remitir una copia de dicho amparo. Cabe resaltar que esta sala lo otorgó sin tener ya competencia para hacerlo, debido a que ya se había apelado ante la CC. Lo que llama también la atención es que esta Sala Tercera otorga este amparo el mismo día 18 en que la jueza Flores incumplía con lo que le había ordenado la CC. También resolvió SIN LUGAR diversas apelaciones y amparos interpuestos por la defensa de los acusados por ser IMPROCEDENTES. El mismo magistrado Mauro Chacón razona su voto en torno al amparo de la Sala Tercera y explica que no es procedente interponer amparo dentro de un debate ya iniciado.
La CC está en Guatemala para “Defender el orden constitucional de la República de Guatemala”. Es buen momento para recordar que no todo está perdido y que lo que ordena la CC es enmendar algunos asuntos relacionados al debido proceso, pero que no anula todo el debate, sino actos específicos ejecutados dentro del mismo. Todos los que cometieron genocidio o crímenes de lesa humanidad durante la guerra, tanto si son de derecha como de izquierda o de centro, deben pasar por el rasero de la justicia. Eso no está en duda. La cuestión es empezar por donde se debe, por quien en solo 17 meses de gobierno masacró a un país con el pretexto de la guerra, cuando sabemos que hay normas de guerra y que no por ser guerra se permite todo. El río no está tan revuelto como pensábamos.


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